Propone Salomón Jara, reformar el Código Penal Federal para erradicar la corrupción
• Reforma al Código Penal es complementaria de la iniciativa para establecer en la Constitución la imprescriptibilidad de los delitos por hechos de corrupción
#CiudaddeMéxico 3 Dic (#Istmopress) – Como parte de un paquete de reformas que tienen por objeto contribuir a diluir el vínculo entre corrupción e impunidad, este día el Senador Salomón Jara Cruz presentó una iniciativa para adicionar un artículo 224 bis al Código Penal Federal para establecer que serán imprescriptibles la acción penal y las sanciones señaladas para los delitos por hechos de corrupción establecidos en el propio código.
El Senador integrante del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado recordó que previamente presentó la reforma constitucional para establecer la imprescriptibilidad de los delitos por corrupción.
“A poco más de dos años del triunfo democrático del movimiento de transformación que encabeza el presidente de la república, Andrés Manuel López Obrador, la lucha contra la corrupción ha sido uno de los ejes principales que ha alentado la labor de quienes trabajamos por la regeneración de la vida pública de nuestro país”, señaló.
Indicó que erradicar la corrupción y desmontar las redes de complicidad que han hecho posible que este tipo de conductas permanezcan impunes y se encuentren profundamente arraigadas en nuestras estructuras políticas, económicas y sociales es, además de una necesidad, una convicción y un compromiso indeclinable de quienes aspiran a consolidar un nuevo régimen.
Jara Cruz enfatizó que la relevancia de reiterar el compromiso de las y los senadores de Morena con el pueblo de México y dar pasos adicionales para impedir que quienes decidan realizar actos de corrupción queden impunes.
Actualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 del Código Penal Federal, la prescripción es la regla o figura jurídica que extingue la acción penal y las sanciones de conformidad con un conjunto de reglas y plazos establecidos.
Considerar imprescriptibles los delitos por hechos de corrupción, constituye una medida razonable y proporcional si se toma en cuenta la diversidad de bienes y principios jurídicos tutelados.
Con esta propuesta, el principio de seguridad jurídica se fortalece y el anhelo de justicia encuentra un nuevo referente más allá del tiempo.
“La eliminación del límite temporal que impide investigar y sancionar un acto de corrupción, constituye un instrumento que, sumado a una efectiva aplicación de la ley, puede convertirse en una herramienta sumamente útil contra el principal cáncer de nuestro país: el pacto corruptor y perpetuador de la impunidad”, concluyó el Senador Salomón Jara Cruz.