Ordena TEPJF reinstalar de inmediato a Elizabeth Sánchez como Consejera presidenta del Ieepco
#Oaxaca 9 May (#Istmopress) – Por unanimidad de votos y en sesión publica, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las sentencias dictadas por la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca, y ordenó reintegrar a sus funciones- (SUP-JDC-565/2024 y acumulados, y SUP-JE-96/2024 y acumulado)-
a la consejera presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (Ieepco), Elizabeth Sánchez González.
De acuerdo con el TEPJF la inhabilitación de la consejera presidenta ocurrida desde el pasado 12 de abril fungía en que no podía desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos u obras públicas.
Al respecto, el Instituto Nacional Electoral (INE) y la consejera presidenta impugnaron las resoluciones
al considerar que, en su concepto, la Sala Unitaria carece de competencia para sancionarla con la inhabilitación por responsabilidad administrativa, pues son facultades exclusivas del INE de remover a las consejerías electorales, y vulnera su derecho político-electoral para integrar autoridades electorales.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y la magistrada Janine M. Otálora Malassis, determinaron en sesión pública, que Sala Unitaria carece de facultades para imponer sanciones de inhabilitación en el ejercicio del cargo de la consejera presidenta como integrante del Instituto electoral local mencionado o cualquier otra que implique su remoción o separación del cargo.
“Las consejerías integrantes de los organismos públicos electorales locales como parte del sistema nacional electoral, solo pueden ser objeto de remoción mediante determinación emitida por el Consejo General del INE, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 de la Constitución general y 102, párrafo segundo de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”, indicaron.
Al igual determinaron que la Contraloría vulneró el procedimiento de responsabilidad previsto en la Ley Electoral de Oaxaca al remitir el expediente original al referido Tribunal de Justicia Administrativa, en lugar del Consejo General, por lo que revocó dicha determinación únicamente por lo que hace a la consejera presidenta del Instituto local.
*Elizabeth Sánchez denunció persecución política
Es importante mencionar, que la consejera presidenta en diversas ocasiones denunció persecución judicial en su contra, especialmente de Salvador Cruz Rodríguez -quien asumió el cargo de encargado del despacho del Ieepco y ex contralor de la
misma dependencia.
Como indígena zapoteca y primera mujer designada por el INE para presidir el IEEPCO, recalcó que no permitirá que el abuso de poder e intereses personales tanto de Salvador Cruz Rodríguez como del Tribunal de Justicia.
Diana Manzo / Agencia de Noticias IstmoPress